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CONTRATACIÓN PÚBLICA Y GESTIÓN DE LAS MIPYMES DE MANABÍ
DURANTE LA PANDEMIA DEL COVID-19
PUBLIC PROCUREMENT AND MANAGEMENT OF MIPYMES IN MANABÍ
DURING THE COVID-19 PANDEMIC
Cristhian José López Leones
1
Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí
1
. Manta, Ecuador
cristhian.lopez@uleam.edu.ec
1
Cristhian José López Leones
1
https://orcid.org/0000-0002-2963-1135
Recibido: 13/5/2020 Aceptado: 22/6/2020
Código Clasificación JEL: I18, I19, D21, M21, M31
RESUMEN:
El mundo está sufriendo una pandemia de impacto en toda la población, en donde los sectores
económicos de cada país han sido afectados, como las empresas, los trabajadores, la salud, la educación, y
en donde las instituciones públicas atienden en la prevención, protección hacia los ciudadanos que se
encuentran en confinamiento de cuarentena, como un problema sui generis a nivel global, por esta razón,
el objetivo general de la investigación es analizar a la Contratación Pública y su impacto en la Gestión de
las MIPYMES de la provincia de Manabí durante la pandemia del Coronavirus COVID-19 en el Ecuador,
mediante el método científico de la observación a la problemática, a través de la revisión estadística,
bibliográfica de la herramienta de Datos abiertos del Servicio Nacional de Contratación Pública durante el
Estado de Excepción y mostrar los resultados de avances que realizan los actores durante la Emergencia
Sanitaria en el Ecuador.
Palabras Claves: Pandemia, Crisis Sanitaria, Contratación Pública, MIPYMES, Marketing.
ABTRACT
The world is suffering a pandemic of impact on the entire population, where the economic sectors
of each country have been affected, such as businesses, workers, health, education, and where public
institutions attend to prevention, protection of citizens who are in quarantine confinement, as a problem sui
generis at the global level, for this reason, The general objective of the research is to analyze Public
Procurement and its impact on the Management of MSMEs in the province of Manabí during the
Coronavirus COVID-19 pandemic in Ecuador, through the scientific method of observation of the problem,
through the statistical and bibliographic review of the Open Data tool of the National Public Procurement
Service during the State of Exception and to show the results of the progress made by the actors during the
Health Emergency in Ecuador.
Key Words: Pandemic, Health Crisis, Public Procurement, MSMEs, Marketing.
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INTRODUCCIÓN
El Coronavirus Covid-19 ha tomado desprevenido a todo el mundo. Los países han ido de a poco
mejorando sus estrategias para salvaguardar a sus ciudadanos y contrarrestar en el menor número de
contagios por el virus, cerrando todas sus fronteras, y llegando a un confinamiento de cuarentenas a su
población. En el Ecuador, mediante rueda de prensa el Ministerio de Salud Pública comunicó al país el
sábado 14 de marzo de 2020 el primer caso de contagio de Coronavirus Covid-19 y de ahí en adelante se
fue informando del incremento que fue impactando a la población y los sectores de la economía. La
importancia del tema es conocer a través del análisis las contrataciones realizadas por las Instituciones
Públicas y su impacto en la gestión de las MIPYMES de Manabí durante la Pandemia del Coronavirus
Covid-19 en el Ecuador.
El objetivo general es conocer de qué manera la Contratación Pública impacta en la gestión de las
MIPYMES de Manabí durante la Pandemia del Coronavirus COVID-19 en el Ecuador, que es uno de los
temas de relevancia en los territorios para sí poder tener incidencia en los sectores económicos. La
Justificación del tema se basa en el conocimiento de la información que se genera a través de la herramienta
creada por el Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, de Datos Abiertos para la actual
Emergencia Sanitaria en el Ecuador, en donde se puede reflejar la información referente a las contrataciones
realizadas por las Instituciones Públicas, y en base a esta data verificar el impacto que las MIPYMES han
generado en sus participaciones de los concursos públicos por Emergencia durante el tiempo de la
pandemia, asimismo, en los nuevos emprendimientos que han surgido desde el sector de la Economía
Popular y Solidaria como uno de los motores de desarrollo en el territorio de lo rural a lo urbano, parte de
ello es importante lo que indica Schumpeter (1912), que el estudio sistemático a la innovación, como el
desarrollo de un nuevo producto o proceso por parte de una empresa y su introducción en el mercado, la
introducción de un nuevo método de producción, la apertura de una nueva estructura de un mercado, el
acceso a nuevas fuentes de suministro, la implantación de una nueva estructura en un mercado, en los
emprendimientos creativos no son mera consecuencia del desarrollo, sino motores del mismo.
En los antecedentes bibliográficos se analiza a la Contratación Pública, igualmente cuál ha sido el
punto focal durante las acciones que han sido emitidas por las instituciones públicas dentro de sus
contrataciones declaradas en Emergencia, y en la fundamentación de la hipótesis se busca conocer a través
de los resultados si la Contratación Pública impactó en la gestión de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas - MIPYMES de la provincia de Manabí y también en aquellos sectores de la Economía Popular
y Solidaria - EPS, asimismo, conocer cuáles han sido las regulaciones en materia y esto como ha permitido
a las empresas poder mantenerse, superarse, cerrarse, liquidarse por completo durante la pandemia del
Coronavirus COVID-19.
Como parte del análisis de la bibliografía, se tomará en cuenta las directrices dadas por el Servicio
Nacional de Contratación Pública, ente regulador en materia en el Ecuador, que ha emitido mediante la
Resolución Nro. RE-SERCOP-2020-0104, del 19 de marzo de 2020, y Resolución Nro. RE-SERCOP-
2020-0105, del 06 de abril de 2020, en donde se resuelve dar las disposiciones a las instituciones públicas
y también a los Proveedores del Estado, en este caso las MIPYMES, para que puedan realizar sus
contrataciones públicas dentro del Estado de la Emergencia, en donde el presente estudio es el análisis de
estas Resoluciones de acuerdo a las reformas a los Instrumentos Normativos y mostrar los resultados de la
herramienta de Datos Abiertos sobre los avances durante la pandemia del Coronavirus Covid-19 en el
Ecuador.
METODOLOGÍA:
La metodología del presente artículo es bibliográfica y documental, se basa desde las directrices
emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública en las Resoluciones Nro. RE-SERCOP-2020-
0104, del 19 de marzo de 2020, y No. RE-SERCOP-2020-0105, del 06 de abril de 2020, referentes al
decreto No. 1017 del 16 de Marzo de 2020 suscrito por el Presidente de la República del Ecuador declarando
el Estado de Excepción en la Situación de Emergencia Sanitaria en el país, asimismo, las demás
instituciones públicas como el Ministerio de Salud Pública, y la Secretaría de Gestión de Riesgos del
Ecuador, quienes han tenido a cargo la responsabilidad durante el Estado de Situación de Emergencia
Sanitaria, y de las declaratorias de Emergencias realizadas por las Instituciones públicas y sus publicaciones
de adjudicaciones a los proveedores durante la pandemia en el Ecuador. Adicionalmente también se revisa
la fuente de la información publicada en el portal institucional del SERCOP y de Datos Abiertos.
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La data de análisis estadísticos está reflejada en sus variables como Contratación Pública y las
MIPYMES de Manabí de acuerdo a los objetivos planteados: analizar la Contratación Pública y su impacto
en la gestión de las MIPYMES de Manabí durante la Pandemia del Coronavirus Covid-19 en el Ecuador.
Por tal situación el presente artículo se basa en el análisis de las disposiciones emitidas desde el
ente rector el SERCOP, y el cumplimiento de las Emergencias Decretadas por las Instituciones Públicas,
en la Contratación Pública y su impacto en la gestión de las MIPYMES de Manabí durante la pandemia del
Coronavirus Covid-19 en el Ecuador.
RESULTADOS:
Durante la realización de la investigación se analizó las directrices emitidas por el SERCOP en la
Contratación Pública y su impacto en las MIPYMES durante la Pandemia del Coronavirus COVID-19 en
el Ecuador, de los hallazgos encontrados se realiza una muestra a la provincia de Manabí en los resultados
obtenidos de la base de Datos Abiertos con los siguientes resultados a la fecha:
Gráfico Nro. 1: Contrataciones por provincias del Ecuador
Fuente: Servicio Nacional de Contratacn Pública, SERCOP, Datos Abiertos, revisado 13/05/2020.
Tabla Nro. 1: Contrataciones por provincias del Ecuador
Fuente: Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, Datos Abiertos, revisado 13/05/2020.
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Como se puede describir en el presente gráfico y Tabla No. 1 de las Contrataciones por provincias
del Ecuador desde el 16 de marzo de 2020 que fue decretado el Estado de Excepción y de las diferentes
declaratorias de Emergencia Sanitarias, existen los siguientes datos:
658 Instituciones públicas han declarado en Emergencia Sanitaria en sus territorios.
US $ 97.382.866,38 ha sido el presupuesto utilizado hasta la presente fecha en contrataciones
realizadas y publicadas en el Portal del SERCOP.
3.103 Contrataciones Públicas realizadas en el portal del SERCOP durante el estado de
Emergencia Sanitaria.
1.339 Resoluciones han sido emitidas por las Instituciones públicas de Emergencia Sanitaria.
1.274 Informes han sido publicados de parte de las Instituciones públicas.
Las provincias de Guayas con un 38%, Pichincha 33%, y Manabí con el 5% son las que tienen la
mayor representación de número de instituciones públicas que han decretado Emergencias
Sanitarias, número de contrataciones y monto de contrataciones.
En base a la información y de acuerdo a la Resolución Externa SERCOP Nro. RE-SERCOP-2020-
0105, en el Art. 1 indica:
En el artículo 361.1, sustitúyase la frase: “salvo que el Presidente de la República
prorrogue o amplíe el estado de excepción, o en su defecto, emita uno nuevo”, por el siguiente
texto: “salvo que esté vigente un estado de excepción decretado por el Presidente de la República,
relacionado a la situación de emergencia”.
De acuerdo a lo indicado, si en el caso, se renueve el estado de excepción, de acuerdo a la Art. 166
de la Constitución de la República del Ecuador, en el segundo inciso se indica:
“El decreto de estado de excepción tendrá vigencia hasta un plazo máximo de sesenta
días. Si las causas que lo motivaron persisten podrá renovarse hasta por treinta días más, lo cual
deberá notificarse. Si el Presidente no renueva el decreto de estado de excepción o no lo notifica,
este se entenderá caducado”.
Por tal razón, como es incierta la propagación del virus en la población y a pesar de todo el esfuerzo
que realiza el sector de la Salud y las demás instituciones públicas cubriendo desde el territorio el
confinamiento en la cuarentena, la escala de frecuencia va en crecimiento según los reportes de infografías
(2020) Secretaria Nacional de Gestión de Riesgo, por lo que, se debe de tomar en cuenta sobre la
Renovación en el Estado de Excepción, y, asimismo, en este caso de que las Instituciones públicas si por
causas que motivaron la Emergencia, desean renovar deberán realizar una nueva Resolución de Renovación
por el tiempo que se emita de acuerdo al Estado de Excepción de Presidencia, o si por temas de necesidades
institucionales y estratégicas de competencias para superar la emergencia de salvaguardar a la población de
su territorio, podrían realizar de acuerdo a las directrices de normativas emitidas por el organismo rector en
contratación pública y normas conexas, que cubran las necesidades, siempre y cuando se encuentre bien
motivada y justificada en el plazo.
De igual forma si no ha sido superada la Emergencia Sanitaria durante los plazos de 60 y 30 días
y por las necesidades de continuidad se debería emitir una nueva resolución que determine la causal y
motivación de acuerdo a los plazos señalados en el artículo constitucional antes indicado, hasta superar la
Emergencia Sanitaria.
Es recomendable seguir de acuerdo a los plazos que emita el Decreto el Presidente de la República
en Estado de Excepción, a pesar de que la Entidad Contratante de acuerdo a sus competencias puede
continuar o finalizar la Emergencia de acuerdo al numeral 6 artículo 6 y 57 de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública, que debería de publicar la nueva Resolución de continuidad y los
informes una vez superada la misma, siempre y cuando se justifique lo que define la situación de
emergencia como concreta, inmediata, imprevista, probada y objetiva.
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Gráfico Nro. 2: Distribución del Monto de Contrataciones por Sector
Fuente: Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, Datos Abiertos, revisado 13/05/2020.
Tabla Nro. 2: Distribución del Monto de Contrataciones por Sector
Fuente: Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, Datos Abiertos, revisado 13/05/2020.
Como se puede describir en el análisis en el gráfico y la tabla Nro. 2 Distribución por Montos de
Contrataciones por Sector, la Red Pública Integral de Salud (RPIS), integrada por el Ministerio de Salud
Pública, el IEE, ISFA de las Fuerzas Armadas, y el ISPOL de la Policía Nacional tienen el 48,4% de montos
de contrataciones realizadas, debido a que son el sector con mayor demanda durante la Emergencia
Sanitaria, en donde se incluyen todo lo relacionado a insumos, equipos, reactivos, fármacos entre otros;
asimismo, los Gobiernos Autónomos Descentralizados en este caso tanto Prefecturas, Municipios, y Juntas
Parroquiales, tienen el 46,1% de montos de contrataciones realizadas, por cuanto las directrices del COE
Nacional y el COE Provincial han sido de mayor intensidad en cubrir a la población de cada uno de sus
territorios y de acuerdo a sus competencias y convenios interinstitucionales que han generado política
pública frente al COVID-19 en salvar vidas, proteger a las personas en el territorio, en el sector laboral, el
salvaguardar el desarrollo económico para que las empresas puedan mantener sus operaciones, como las
compensaciones a los trabajadores en sus remuneraciones durante estos meses que han estado en
cuarentena, y en la reducción de los riesgos económicos que a pesar de la contracción económica en varios
sectores como el turismo, restaurantes, comercio, transporte, producción, entre otros, que han sido de
impacto como cierres de negocios, liquidaciones del personal, teletrabajos, y que de alguna forma los
GAD’s han contrarrestado en la pandemia en el desarrollo económico en el territorio; y el resto de
porcentaje de las instituciones como empresa pública de los GAD’s como servicios básicos, función
ejecutiva y empresas públicas y otros con un menor aporte de contrataciones realizadas.
El Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a los montos de contrataciones, y para
obtener el mayor costo de la contratación, y de que las compras tengan una mayor transparencia en las
necesidades institucionales y propuestas de los oferentes, mediante las resoluciones acordes a la
Emergencia ha dado las siguientes directrices:
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En la Resolución No. RE-SERCOP-2020-0104, en el Art. 361.2.- Contrataciones en Situaciones
de Emergencia en el quinto hace referencia a:
Las contrataciones de emergencia deberán basarse en un análisis transparente de la oferta
existente en el mercado, que sea breve, concreto, y recoja, en lo que fuere aplicable y oportuno, lo
referido en el numeral 2 del artículo 9 de la Codificación y Actualización de las Resoluciones
emitidas por el SERCOP; con la finalidad de obtener el mejor costo de la contratación. En lo
principal, si bien el análisis debe ser inmediato, se debe procurar tener parámetros objetivos que
respalden el precio obtenido.”
Esto acorde a lo que se señala en el numeral 2 del artículo 9 de la Codificación de las Resoluciones
072-2016 emitidas por el SERCOP, indica sobre el tema del Estudio de Mercado, y como mejor costo de
la contratación, está basado en la variable 3, señala lo siguiente:
“Tomar en cuenta la variación de precios locales e/o importados, según corresponda. De
ser necesario traer los montos a valores presentes, considerando la inflación (nacional e/o
internacional); es decir, realizar el análisis a precios actuales”.
De acuerdo a la situación actual de la pandemia en el Ecuador donde los precios en el mercado se
han incrementado sobre los costos antes de la situación actual en el Mundo, lo que ha ocasionado las
necesidades globales en productos necesarios en el mercado como mascarillas, guantes, alcohol,
termómetros, respiradores, alimentos, entre otros. Las MIPYMES, como parte del proceso de la
contratación pública, realizan sus proformas o propuestas a precio actual del mercado, que son solicitadas
por las Instituciones Públicas, y que son requeridas por medio de los diferentes mecanismos de medios
electrónicos y a través del mismo remiten para su consideración; situación que la justifican en la variación
de los precio locales e/o importados, que se traen a montos a valores presentes por la consideración de la
inflación (nacional e/o internacional), es decir por toda la demanda que actualmente existe en el mercado
mundial, y por la falta de movilización de la logística desde la compra del producto sea en mercado
nacional, e internacional o local hasta el destino final de uso de la institución pública, considerando lo
inmediato e imprevisto a la emergencia de requerir los productos en el menor tiempo posible que podría
ser de una sola proforma o varias de acuerdo a celeridad y urgencia de caso, y que todo este expediente es
muy importante para la realización de cuadros comparativos a la fecha de la compra en la necesidad de la
Emergencia Sanitaria. Es muy importante este punto por la particularidad de los precios actuales en el
mercado, y obtener el mejor costo en la contratación por Emergencia, por cuanto se puede dar
interpretaciones a especulaciones altas de las necesidades o por la demanda de los productos de mayor
urgencias, prioritarios para atender la emergencia; se pueden escasear o por temas de importación por costos
del transporte tanto internacional, nacional o local se elevarían los costos, que muchas de las veces, se
aprovechan de esta situación los proveedores del estado MIPYMES para colocar valores elevados a los
productos en el mercado actual, por ello es importante tener los soportes respectivos de acuerdo al estudio
de mercado en las compras públicas realizadas durante el estado de la Emergencia Sanitaria.
Así mismo, en la Resolución Externa SERCOP Nro. RE-SERCOP-2020-0105, que reforma a la
Resolución SERCOP No. 072-2016, en el Art. 2 indica que en el inciso sexto del artículo 361.2, incorpórese
el siguiente inciso:
“En las contrataciones necesarias para atender y superar una situación de emergencia
cuyo objeto sea: la adquisición de fármacos, dispositivos o insumos médicos, reactivos
bioquímicos o de diagnóstico, y demás bienes estratégicos en salud, o la prestación de servicios
de salud o exequiales; se dará por cumplido el análisis de la oferta existente en el mercado, al que
se refiere este artículo, cuando las entidades contratantes publiquen sus necesidades de
contratación en su sede electrónica (página web institucional), conforme el artículo 91 del Código
Orgánico Administrativo; y, sobre la base de las propuestas que reciban en el lapso definido por
la propia entidad, seleccionen la que más convenga a los intereses institucionales. En el referido
análisis se deberá considerar como un parámetro indispensable la situación que a esa fecha exista
en el mercado, es decir los factores imputables a las condiciones actuales de la oferta y demanda
del bien o servicio objeto de contratación. En caso de que la entidad contratante no disponga de
una sede electrónica, o de forma adicional si lo necesita, la entidad podrá publicar sus necesidades
en la herramienta informática que el SERCOP habilite para el efecto”.
Para la realización de estas compras especiales que se indican en el artículo anterior por la
Emergencia Sanitaria, es necesario que los requerimientos de las necesidades se publiquen en el portal web
de la institución o por si alguna razón no dispongan podrán realizarlo en la página web que el SERCOP
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habilitó para que todos los proveedores puedan conocer y presentar sus propuestas de ofertas vía electrónica
para obtener una mayor competitividad de precios en el mercado actual y así transparentar las
contrataciones públicas por la Emergencia Sanitaria.
Como un mecanismo de trasparencia y oportunidad en las compras públicas, el SERCOP, habilitó
la herramienta de Necesidades para Emergencia Sanitaria, para que todas las instituciones públicas puedan
realizar sus publicaciones de sus requerimientos y de esta manera tener una mayor participación de
proveedores MIPYMES del Estado, en poder presentar sus propuestas por los diferentes medios
electrónicos, lo que permite verificar precios de los productos, cantidad de productos por instituciones
públicas requeridas, análisis de demanda de productos en el mercado, variaciones de precios en el mercado
por fechas, y poder realizar los diferentes análisis de estudio de los productos en el mercado que se realicen
durante la Emergencia Sanitaria en el Ecuador.
Gráfico Nro. 3: Porcentaje de Entidades que Registran resoluciones y han publicado contrataciones
Porcentajes de entidades que registran resoluciones y han publicado informes
Fuente: Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, Datos Abiertos, revisado 13/05/2020.
En el siguiente gráfico No. 3, se refleja qué entidades registran resoluciones y han publicado
contrataciones, el 57,2% han publicado, el 42,8% no han publicado. En el porcentaje de entidades que
registran resoluciones y han publicado sus informes de acuerdo a las directrices dadas por el SERCOP, el
36,2% han publicado y el 63,8% no han publicado los informes.
Como parte de la publicación de información de las contrataciones que realizan las instituciones
públicas, en referencia a lo que es la Sede Electrónica, en el Art. 91 del Código Orgánico Administrativo
COA, indica lo siguiente:
“Art. 91.- Sede electrónica. Es la dirección electrónica única disponible para las personas
a través de redes de telecomunicación. Su titularidad y gestión corresponde a la administración
pública, así como la responsabilidad con respecto a la integridad, veracidad y actualización de la
información y los servicios a los que se pueda acceder, corresponde a la máxima autoridad
administrativa, en el ejercicio de sus competencias. La publicación en la sede electrónica de
información, servicios y transacciones respetará los principios de accesibilidad y usabilidad de
acuerdo con las normas previstas al respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que
sean de uso generalizado por los ciudadanos. Dispondrán de sistemas que permitan el
establecimiento de comunicaciones seguras”.
Las instituciones públicas para realizar sus publicaciones y en cumplimiento a lo indicado por el
SERCOP, deben hacerlo dentro de la página web institucional siempre y cuando la disponga de una sede
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electrónica para que se publiquen estas necesidades y puedan ser cooperadas en un tiempo determinado
para presentación de propuestas de los oferentes, por medios electrónicos. El inconveniente se daría en que
los proveedores deberán estar buscando las páginas web y estar atentos en la participación de la publicación
de las instituciones públicas y poder presentar sus ofertas en los tiempos establecidos que deben de ser lo
más cortos posibles por ser urgentes para la Emergencia, lo cual podría tener ciertos retrasos y falta de
participación de los oferentes, para ello se deberían de utilizar otros medios electrónicos para difundir sus
requerimientos y justificarlos como redes sociales de la Entidad Contratante para que tenga una mayor
apertura de ofertas de oferentes y como aplicación de cumplir con la transparencia de sus procesos
emergentes.
El SERCOP en los primeros días de la Emergencia habilitó una página en donde se publican las
necesidades institucionales de la Emergencia y de igual forma está abierta para que las demás instituciones
puedan ingresar a realizar sus publicaciones en el Portal referente a la información de sus necesidades
institucionales.
Debido a la magnitud del impacto de la pandemia, el SERCOP, da las directrices para que las
instituciones públicas que desean requerir bienes en el extranjero, por necesidad institucional, por el valor
del precio del mercado nacional, y porque los productos en su mayoría los que se utilizan el áreas de Salud
no son nacionales, puedan realizar una compra global a conseguir un mejor precio en mercados
internacionales en otros países, si acaso hasta con los mismos fabricantes de los productos, puedan realizar
directamente y de forma inmediata la contratación con proveedores internacionales y la importación de los
bienes, por lo que no es necesaria la aplicación del Verificación de Producción Nacional (VPN), y posterior
autorización de importación.
Referente al tema de importación de los productos en la Resolución Externa SERCOP Nro. RE-
SERCOP-2020-0105, en el que se indica:
“Art. 3.- A continuación del artículo 361.3, incorpórese el siguiente artículo:
Art. 361.4.- Importaciones en emergencia.- En las contrataciones de emergencia cuyo
objeto sea la adquisición de bienes en el extranjero, y cuya importación la realice directamente la
entidad contratante, se exime de realizar y no se requerirá de la verificación de no existencia de
producción u oferta nacional, así como tampoco de la autorización de importación por parte del
SERCOP, a las que se refiere el Capítulo IV del Título II de la presente Codificación y
Actualización de Resoluciones.”
Gráfico Nro. 4: Contrataciones a nivel nacional
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Fuente: Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, Datos Abiertos, revisado 13/05/ 2020.
En el gráfico No. 4 Contrataciones a nivel nacional, se puede describir cuanto ha sido los niveles
por cada día desde el 16 de marzo de 2020 que se decretó el Estado de Excepción, asimismo, las
contrataciones de las entidades seleccionadas que han declarado el Estado de Situación de Emergencia,
entre las más resaltantes que han realizado mayor número de contrataciones como es el Gobierno Autónomo
Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, el Ministerio de Salud Pública, y la Municipalidad de
Guayaquil.
Referente a la instrumentación contractual que se soportan las contrataciones durante la
Emergencia Sanitaria, y debido a la suspensión del ejercicio del derecho a la libertad de tránsito y movilidad
a nivel nacional, el toque de queda, la suspensión de la jornada presencial de trabajo tanto en el sector
público como privado, la cuarentena en toda la población del país, y de ciertos sectores que no fueron
suspendidos como las industrias, cadenas y actividades comerciales en las áreas de Salud, los encargados
de servicios básicos, la cadena de exportaciones, industria agrícola, ganadera y de cuidado de animales, los
supermercados, tiendas, bodegas, y centros de almacenamiento y expendio de víveres y medicinas, tampoco
la suspensión de plataformas digitales de entregas de compras a domicilio y otros medios relacionados a
servicios de telecomunicaciones, en lo decretado por el Presidente de la República, y como los medios
electrónicos que son los que han sido necesarios para poder avanzar y atender las necesidades de regulación
de tramitologías, por tal situación en la Resolución Externa del SERCOP Nro. RE-SERCOP-2020-0105,
hace referencia en el Art. 5, lo siguiente:
“Art. 4.- Sustitúyase el artículo 364.2, por el siguiente artículo:
Art. 364.2.- Instrumentos contractuales.- Los contratos, órdenes de compra de emergencia
o facturas generados en el marco de la declaratoria de emergencia, deberán instrumentarse por
escrito, conforme lo previsto en el numeral 26 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública, es decir, deberán estar elaborados y perfeccionados por medios
físicos o electrónicos.
Las entidades contratantes podrán perfeccionar los instrumentos a los que se refiere el
inciso precedente por medio del uso o transmisión de mensajes de datos, de conformidad con las
disposiciones establecidas en la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de
Datos.
Si en las contrataciones en situación de emergencia, es imposible acceder a la prestación
de servicios notariales; la entidad contratante podrá, de manera excepcional y provisional, avalar
con fedatarios administrativos aquellos documentos habilitantes necesarios para la suscripción de
un contrato; inclusive la conformación de consorcios por instrumentos privados, los cuales se
formalizarán por escritura pública una vez que se restablezcan los servicios notariales. En el caso
de contratos que, por su naturaleza o expreso mandato de la Ley, requieran ser protocolizados,
iniciarán su ejecución desde la suscripción, y una vez que se restablezcan los servicios notariales,
la entidad contratante subsanará de forma inmediata este particular.
Ahora como pueden perfeccionarse estos instrumentos por medio del uso o transmisión de
mensajes de texto, en los artículos 2, 6, 14, 45 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y
Mensajes de Datos, indica lo siguiente:
“Art. 2.- Reconocimiento jurídico de los mensajes de datos.- Los mensajes de datos
tendrán igual valor jurídico que los documentos escritos. Su eficacia, valoración y efectos se
someterá al cumplimiento de lo establecido en esta ley y su reglamento.
Art. 6.- Información escrita.- Cuando la ley requiera u obligue que la información conste
por escrito, este requisito quedará cumplido con un mensaje de datos, siempre que la información
que este contenga sea accesible para su posterior consulta.
Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le
reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos
consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio.
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Art. 45.- Validez de los contratos electrónicos.- Los contratos podrán ser instrumentados
mediante mensajes de datos. No se negará validez o fuerza obligatoria a un contrato por la sola
razón de haberse utilizado en su formación uno o más mensajes de datos.”
También, en numeral 26 del Art. 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública, indica lo siguiente:
“Por Escrito: Se entiende un documento elaborado en medios físicos o electrónico.”
Por lo tanto, se puede realizar por firma electrónica el contrato y enviarse por correo electrónico,
de igual forma lo recomendable para las instituciones públicas al momento de realizar contacto con los
oferentes sea en comunicación por correo institucional en solicitud de proformas, invitaciones, contrato,
órdenes de compra por emergencia, facturas, o cualquier tipo de comunicación de manera electrónica,
deben utilizar indicando que se acogen a estos artículos de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas
Electrónicas y Mensajes de Datos, para dar la solemnidad y la regulación para dar perfeccionamiento al
instrumento que se genere, en cumplimiento de la inmediata, e imprevisto de superar la situación de
emergencia sanitaria.
Gráfico Nro. 5: Contrataciones en Monto y Número de Proveedores por Entidad Contratante
Fuente: Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, Datos Abiertos, revisado 13/05/ 2020.
En el gráfico No. 5, se refleja que desde el inicio de la Emergencia tanto las instituciones públicas
como los proveedores del estado han tenido una buena participación, y que las principales instituciones
públicas como de la Red Integral de Salud (RPIS), integrada por el Ministerio de Salud Pública, el IEE,
ISFA de las Fuerzas Armadas, y el ISPOL de la Policía Nacional por las necesidades prioritaria de insumos,
equipos, reactivos, fármacos, mascarillas, trajes, entre otros han sido los más utilizados durante la
pandemia; de igual forma la participación desde los Gobiernos Autónomos Descentralizados en el territorio
han sido cooperantes en el impacto en las ofertas de las MIPYMES para que puedan suplir las necesidades
de la demanda y presentar sus ofertas por los diferentes mecanismos de participación de contratación
pública.
Gráfico Nro. 6: Contrataciones de Emergencias por Proveedor
Fuente: Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, Datos Abiertos, revisado 13/05/2020.
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En la gráfica Nro. 6 se puede reflejar el monto contratado por proveedor y número de entidades
sobre la distribución del monto contratado a los proveedores MIPYMES, del cual es para poder verificar la
participación de las contrataciones y ver a detalle en donde intervinieron. En la provincia de Manabí la
participación ha tenido una mayor demanda sobre las eventualidades que se han ido presentando con las
necesidades del crecimiento del contagio en los diferentes cantones, por tal situación el aumento de las
contrataciones en las MIPYMES ha ido en escala en las diferentes ofertas que presentan a las instituciones
públicas.
Gráfico Nro. 7: Monto Contratado a los Proveedores
Fuente: Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, Datos Abiertos, revisado 13/05/2020.
En el gráfico No. 7 se verifica el impacto en las MIPYMES, en las contrataciones por entidades,
en donde se puede reflejar la información en que el Ministerio de Salud Pública y los Gobiernos Autónomos
Descentralizados han tenido una mayor demanda de participantes de proveedores en los concursos
realizados por la Emergencia Sanitaria. La gestión de las MIPYMES en la provincia de Manabí, han tenido
un importante desarrollo de competitividad durante las diferentes necesidades de las instituciones públicas,
algunos se han reactivado, otras no paralizaron sus actividades, otras en teletrabajo, nuevos programas de
actividades en nuevos giros de negocios con emprendimientos hacia el servicio de la población como
delivery, comercio electrónico, asimismo en la contratación de insumos médicos, equipos médicos,
medicina, productos alimenticios, mantenimientos de infraestructura hospitalaria, equipamientos centros
de aislamientos de pacientes, ataúdes, insumos de seguridad de protección y prevención, entre otros, que
han sido un aporte significativo para la economía local de la provincia de Manabí, a pesar de los diferentes
temas de confinamiento que se han dado y de movilización de tránsito en los diferentes cantones. Lo
importante es que tanto las instituciones seccionales de Gobiernos Autónomos Descentralizados desde el
sector rural, cantonal y provincial han realizado un trabajo en conjunto con el COE Provincial y se han
distribuido actividades a través de las mesas de trabajo de cooperación institucional de acuerdo a las
competencias institucionales, para avanzar en el enfoque de cubrir la mayor intensidad posible de
salvaguardar a la población.
DISCUSIÓN:
Es importante indicar que durante este tiempo de pandemia se han generado nuevos
emprendimientos, en nuevos proveedores del Estado que debido a la urgencia y la emergencia de poder
brindar sus servicios hacia las instituciones del sector público, muchos han cambiado sus actividades, sus
giros de negocios anteriores, hacia nuevos emprendimientos con miras a temas de salud, protección,
prevención, y diferentes productos para poder atender y apoyar las necesidades de la demanda en la
población frente a la Pandemia de Coronavirus Covid-19. También como parte de este proceso en donde la
gestión de las MIPYMES de Manabí, se han visto en la obligación de suspender sus actividades como en
la construcción de obras, adquisición de bienes y servicios, consultorías, para su migración de sus
actividades a continuar de forma digital a través de teletrabajos, otras a cerrar sus operaciones y suspensión
de trabajadores, y de algunos a estar en primera fila de la batalla por temas de atenciones de seguridad y
guardianía, alimentación para los pacientes y médicos del área de salud, limpieza hospitalaria,
abastecimientos de fármacos, insumos médicos, equipos médicos, gases, mascarillas, guantes, kits de
alimentación de productos de primera necesidad y en general para la población en los territorios, limpieza
de vías, accesos a las ciudades, servicios de telecomunicaciones, internet, servicios bancarios, entre otros,
que han permitido mantener a la población al cuidado durante la cuarentena y producción de ciertos sectores
durante la pandemia del Covid-19.
La Contratación Pública, a través de su ente rector el Servicio Nacional de Contratación Pública
ha generado directrices para que tanto las instituciones públicas como los Proveedores del Estado las
MIPYMES, puedan tener una mayor participación y evitar la discrecionalidad y objetividad en las compras
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que se realicen durante la emergencia, a pesar de ciertos procesos que son visibles para la población que se
determina en otra manera.
Las publicaciones a través de medios digitales han permitido que tanto las instituciones públicas
como los Proveedores del Estado MIPYMES, puedan tener una mayor comunicación y coordinación que
de acuerdo a las necesidades y competencias que se generen desde el COE Nacional y Provincial, con las
directrices de manejar de una mejor forma la situación de atender la Emergencia Sanitaria en el Ecuador.
La gestión de las MIPYMES durante la Emergencia Sanitaria, ha sido importante, por cuanto ha
permitido que sus actividades continúen las que de alguna forma brindan los servicios o abastecen de
productos de primera necesidad y salud en los requerimientos necesarios de las instituciones públicas para
proteger a sus ciudadanos en sus territorios.
CONCLUSIONES
De los hallazgos encontrados en los resultados obtenidos en la herramienta de Datos Abiertos del
SERCOP, se analizaron lo referente al objeto de la investigación de las Contrataciones Públicas y su
impacto significativo en la gestión de las MIPYMES Manabí durante la pandemia del Coronavirus COVID-
19 en el Ecuador, como de cuantas instituciones públicas han publicado sus resoluciones institucionales de
Emergencias Sanitarias, así mismo cuantas MIPYMES han participado en los procesos de Emergencia de
los diferentes requerimientos que han sido atendidos, cuánto son los presupuestos económicos de
participaciones que durante el tiempo de la pandemia se han realizado, la muestra como en la provincia de
Manabí también que tiene un aporte participativo significativo en las contrataciones realizadas, y con la
hipótesis formulada se puede evidenciar, de acuerdo a los resultados, que la Contratación Pública impactó
en la gestión de las MIPYMES de la provincia de Manabí y también en aquellos sectores de la Economía
Popular y Solidaria - EPS, como nuevos emprendimientos y así mismo las regulaciones en materia han
permitido que las empresas acorde a las actividades de la situación actual puedan mantenerse, rediseñarse,
esperar se activen los semáforos, durante la pandemia del Coronavirus COVID-19, que a pesar del
crecimiento de contagio del virus, las instituciones públicas han ido realizando lo mejor para poder atender
y contrarrestar la propagación con medidas que cubran a la población, en la regulación, coordinación desde
los territorios con el abastecimiento de alimentación, seguridad, salud, entre otros factores.
Ciertamente hay muchos negocios que se encuentran paralizados, suspendidos o declarados en
quiebra, por situación operativa de sus actividades, lo cual, los sectores esperan la reactivación económica
como medida paulatina para poder reactivarse, en tiempos de resiliencia, así mismo, la replanificación de
los recursos económicos, el fortalecimiento desde los territorios, tener una mayor cadena de valor
productiva desde lo rural hacia el territorio, en la importancia de las prioridades y lo necesario en tiempos
de pandemias, en que todo la situación actual es una gran lección de vida para el mundo, en que el ser
humano es más importante que el capital y sobre cualquier poder de gobierno, en que las MIPYMES han
demostrado que desde el sector rural de la Economía Popular y Solidaria EPS no ha parado durante este
tiempo, en referencia a la provincia de Manabí ha sido fortalecido como articulador por la gran demanda
de alimentos para ser distribuidos a las casas como para la producción de las industrias en el mercado
global, donde todo esto ha tenido como resultado a la digitalización de las empresas que pueden operar
desde sus hogares en actividades de teletrabajo y comunicarse por diferentes medios electrónicos como el
impulso de comunicación en las redes sociales, la colaboración entre las empresas mismas para atender las
necesidades de la emergencia, el movimiento de los gobiernos locales en destinar sus recursos hacia la
salud para atender la crisis, por tal situación, al ser incierto la propagación del virus y el no saber hasta
cuando dure la emergencia, es necesario e importante prepararse para el efecto post pandemia del
Coronavirus Covid-19 en la provincia de Manabí, el Ecuador, y en el mundo.
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